III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado



PRESENTACIÓN DEL III PLAN

    Por resolución de 29 de diciembre de 2020 de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella (Vigente, el II Plan databa de 2013)).  El Plan deriva de la obligación para la Administración de realizar un Plan de Igualdad para trabajadoras y trabajadores públicos, establecida en el art 64 de   la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

    Con el  se pretende erradicar las desigualdades por razón de sexo en el ámbito laboral de la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.

 Incorpora, como novedad, indicadores de impacto y ejecución para conocer tanto el grado de ejecución como la eficacia de las medidas y fija, por primera vez, medidas de carácter transversal que se aplicarán en el conjunto de la Administración pública del Estado, con el objetivo de actuar de forma homogénea y en base a criterios y acciones comunes

 

Objetivo

El objetivo general del III Plan  es abordar las necesidades reales del personal a su servicio con un alcance global e integral, a fin de consolidar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en la organización y de constituir un referente para el diseño e implementación de planes de igualdad en todas las organizaciones.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

El III Plan se articula en 6 ejes de actuación, en los que se desarrollan 68 medidas de carácter transversal. Cada eje se desarrolla y aplica en los distintos Ministerios

* Medidas instrumentales para una transformación organizativa.

* Sensibilización, formación y capacitación.

* Condiciones de trabajo y desarrollo profesional.

* Corresponsabilidad y conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

* Violencia contra las mujeres o de género.

* Interseccionalidad y situaciones de especial protección

ÁMBITO DE APLICACIÓN  

El ámbito de aplicación es la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, compuesto por:

·         Personal funcionario  (más mujeres (52,3 %) que hombres (47,7 %).

·         Personal estatutario

·         Personal laboral (más hombres (52,1 %) que mujeres(47,9 )

    En el seguimiento, desarrollo y evaluación del Plan están implicados La Secretaría de Estado del Ministerio de Política Territorial y Función Pública con la Secretaría de Estado del Ministerio de Igualdad, las cuales determinan procedimientos, instrucciones y recomendaciones.

ESTRUCTURA DEL III PLAN 

 

Para cada Eje se definen un conjunto de medidas y actuaciones a ejecutar para alcanzar los objetivos.

 

1 MEDIDAS INSTRUMENTALES PARA UNA TRANSFORMACIÓN ORGANIZATIVA

1.     Avanzar y profundizar en el conocimiento de la realidad en la AGE.

2.     Fortalecimiento de las estructuras de impulso a la igualdad de género.

3.     Incorporación de la igualdad de género en la estructura de la organizació

SENSIBILIZACIÓN, FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN

1.     Sensibilización e información.

2.     Formación y capacitación   

3 CONDICIONES DE TRABAJO Y DESARROLLO PROFESIONAL

1.     Acceso al empleo y captación del talento.

2.     Desarrollo de carrera profesional.

3.     Medidas dirigidas a lograr la igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

4.     Condiciones de trabajo, salud laboral y prevención de riesgos.

4 CORRESPONSABILIDAD Y CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL

1.     Actualización y difusión de la Guía de Permisos y Conciliación de la DGFP.

2.     Transponer la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores.

3.     Elaborar una encuesta sobre el grado de satisfacción y necesidades de conciliación.

4.     Garantizar la aplicación del artículo 60.2 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado mediante el desarrollo de las instrucciones necesarias a los Departamentos Ministeriales con personal en el exterior.

5.     Reforma de la regulación de excedencias por agrupación familiar cuando los hijos/as son mayores de tres años (personal en el exterior).

6.     Incluir en la preferencia en el disfrute de vacaciones y permiso por asuntos particulares al personal de la AGE con personas dependientes a cargo.

7.     Permiso para cuidado de familiar dependiente con enfermedad grave para el personal laboral.

5 VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES O DE GÉNERO

1.     Formación en violencia contra las mujeres y el buen trato hacía la víctima.

2.     Elaboración y difusión de un procedimiento de actuación en la AGE ante una situación de violencia contra una empleada pública de la AGE.

3.     Difusión del procedimiento de movilidad para funcionarias víctimas de violencia de género de la Administración General del Estado y del Acuerdo de movilidad interadministrativa de las empleadas públicas víctimas de violencia de género.

4.     Acciones de sensibilización permanentes y específicas en días conmemorativos para concienciar ante la violencia contra las mujeres.

5.     Adaptación para el personal de la AGE en el exterior de Protocolo/Guía de actuación ante situaciones de violencia contra la mujer.

6.     Mejorar el conocimiento sobre la violencia contra las mujeres en la Administración General del Estado.

7.     Formación e Información en relación con el R.D. de Protocolo de actuación frente al Acoso Sexual y por Razón de Sexo en la AGE.

8.     Acuerdo/Convenio de colaboración entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género en materia de violencia de género.

9.     Capacitación del personal formador en prevención de la violencia contra las mujeres.

6 INTERSECCIONALIDAD Y SITUACIONES DE ESPECIAL PROTECCIÓN

1.     Diagnóstico con perspectiva de género de la situación actual de los empleados y empleadas públicos con discapacidad física, mental y/o diversidad funcional en la AGE, identificando especialmente las líneas de actuación ya implantadas con éxito para suprimir la discriminación de estas personas y evaluar sus resultados.

2.     Estudio comparado (Benchmarking) de “Buenas prácticas en políticas de igualdad de mujeres y hombres con discapacidad en Administraciones Públicas de países de referencia”.

3.     Elaborar un Plan de normalización en materia de accesibilidad con dignidad de las mujeres en el trabajo.

4.     Formación y sensibilización sobre discapacidad a empleados y empleadas de la AGE en general y empoderamiento de mujeres trabajadoras con discapacidad.

5.     Tratamiento de la Discapacidad/Movilidad reducida como situación de especial protección con perspectiva de género.

6.     Diagnóstico de la situación actual de las empleadas públicas pertenecientes a la población LBTI (lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexuales) en la AGE.

7.     Incorporación de la dimensión de igualdad de trato y no discriminación.

8.     Incorporación de la discriminación múltiple o interseccional.

9.     Incorporar la atención a la Diversidad en la AGE.

10.Diseño de líneas de actuación para suprimir la discriminación de las mujeres lesbianas, bisexuales, transexuales e intersexuales por motivo de orientación sexual, identidad de género y características sexuales.

11.Campaña interna de información y sensibilización sobre diversidad sexual y de género.

12.Formación en materia de diversidad sexual y de género.

13.Formación especializada en atención a víctimas de LBTIfobia.

14.Realización de acciones de sensibilización específicas en días conmemorativos para concienciar sobre las mujeres LBTI.

Las actuaciones realizadas  del II PLAN:



 

Los avances en igualdad entre mujeres y hombres en los últimos quince años en España han sido muy significativos, situando a nuestro país por encima de la media europea (70,1% respecto de 67,42%) en el último Índice de Igualdad de Género del Instituto Europeo de Igualdad de Género (EIGE, 2019). Sin embargo, tal y como muestra el informe de Igualdad de Género de la Comisión Europea de 2019, la desigualdad entre mujeres y hombres en los países miembros de la UE todavía existe en muchos ámbitos.

En las Administraciones Públicas se reproducen las mismas dinámicas, roles, costumbres y estereotipos de género que en cualquier otra organización y que en otros ámbitos de nuestra sociedad. Estos roles y estereotipos son la base, en gran medida, de las desigualdades entre mujeres y hombres. Los sesgos de género, las conductas sexistas, y las barreras invisibles (propias y ajenas) influyen, por ejemplo, en la promoción profesional –techo de cristal-, en una segregación o representación desigual según qué ocupaciones profesionales, o en la división tradicional de los roles de cuidado, y explican diferentes situaciones de discriminación directas e indirectas.

 

Los Planes de Igualdad son un instrumento fundamental para la consecución de la igualdad real de trato y oportunidades de las mujeres en el empleo, tanto público como privado.

 

https://www.mptfp.gob.es/dam/es/portal/funcionpublica/funcion-publica/dialogo-social/igualdad-genero/IIIPLANIGUALDADAGE.pdf

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-2

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/Paginas/enlaces/091220-enlace-age.aspx

https://mujeresenelsectorpublico.com/plan-para-la-igualdad-de-genero-en-la-age/

 


Comentarios

Entradas populares de este blog

DESIGUALDAD DE GENERO Y TRABAJO EN EL HOGAR

TRIATLÓN Y MUJER: Susana Rodríguez Gacio